viernes, 25 de septiembre de 2015

Mensaje del Papa Francisco en la ONU 2015




 "El mundo reclama de todos los gobernantes una voluntad efectiva, práctica, constante, de pasos concretos y medidas inmediatas, para preservar y mejorar el ambiente natural y vencer cuanto antes el fenómeno de la exclusión social y económica, con sus tristes consecuencias de trata de seres humanos, comercio de órganos y tejidos humanos, explotación sexual de niños y niñas, trabajo esclavo, incluyendo la prostitución, tráfico de drogas y de armas, terrorismo y crimen internacional organizado".
 
Descagar el mensaje del Papa Francisco en la ONU 2015:

Sintesis de la doctrina social de la Iglesia


En su discurso al Congreso norteamericano el Papa Francisco a propuesto una magnifica síntesis de la doctrina social de la Iglesia. Te ofrecemos a continaución el mensaje completo:


jueves, 24 de septiembre de 2015

Fray Montesinos defensor de los derechos humanos y de la diversidad cultural




12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural 

Cristóbal Colón llega al Nuevo Mundo. Había salido del puerto de Palos, Andalucía, España, el 3 de agosto de 1492 y el 12 de octubre, o un día después, si se confirman las investigaciones que afirman que el grito del llamado Rodrigo de Triana se produjo el 13, llegaba al islote de Guanahaní (actuales Bahamas), al que Colón llamó San Salvador. Regresó a España creyendo que estas islas formaban parte del Asia y se les dio el nombre de Indias Occidentales.

Día del respeto a la diversidad cultural es el nombre que recibe en Argentina el 12 de octubre, (anteriormente denominado "Día de la Raza"), a partir del Decreto Presidencial 1584/2010 publicado el día 3 de noviembre de 2010. Dentro de las consideraciones tomadas, se destaca un extracto del citado decreto el cual expresa: [...] asimismo, se modifica la denominación del feriado del día 12 de octubre, dotando a dicha fecha, de un significado acorde al valor que asigna nuestra Constitución Nacional y diversos tratados y declaraciones de derechos humanos a la diversidad étnica y cultural de todos los pueblos.

En octubre de 1510 llega a la isla de la Española, actual Santo Domingo, Fray Antonio de Montesinos junto con otros tres frailes dominicos: Pedro de Córdoba, Bernardo de Santo Domingo y el hermano cooperador Domingo de Villamayor. Serán los primeros dominicos en pisar el Nuevo Mundo.

«A lo largo de quince meses (septiembre de 1510-diciembre 1511), los dominicos denunciaron en privado a las autoridades de España y La Española –D. Diego Colón y al mismo rey Fernando– la situación intolerable en que se encontraban los naturales, así como la urgencia inaplazable del cambio. Pero, no sacaron nada en limpio.
De poco sirven sus sabias advertencias, de modo que, la comunidad decide comenzar un tiempo de ayunos, vigilias y oraciones para que Dios les iluminase en materia tan grave. Reunidos en capítulo, la comunidad prepara y firma un “Sermón”, que Fr. Pedro de Córdoba encargará que predique fray Antón Montesino “bajo precepto formal y en virtud de santa obediencia”. Pero, aunque lo predica Montesinos, el sermón expresa el parecer de toda la comunidad (para entonces ya eran 15 frailes). En proclamas y en denuncias que se hacen en nombre de una institución o de unos principios es muy importante la conciencia comunitaria.
El 21 de diciembre de 1511, 4° domingo de Adviento en una iglesia de paja, la voz de los profetas se alzó clara y rotunda para cambiar el rumbo de la historia.
El 28 de diciembre de 1511, con la iglesia repleta de público, Fr. Antón Montesino predicó un segundo sermón preparado por la comunidad. Si duro fue el primero, éste va a serlo mucho más: corrobora con citas de los Santos Padres lo predicado el domingo precedente, y concluye con una seria advertencia: los frailes no absolverían a quien tuviera naturales en condiciones injustas. Y, desde luego que lo hicieron.
Ahora la persecución se hace oficial. Las quejas llegan a España. Y aquellos frailes se hacen famosos como “revoltosos, tumultuosos, peligrosos, ignorantes….
»
«Los encomenderos reaccionaron fuertemente en contra de los dominicos y fueron acusados ante el rey. Antón de Montesinos junto con Pedro de Córdoba viajaron a España para defender su postura. Fruto de esta estancia en la península fue la promulgación de las llamadas Leyes de Burgos de 1512, primer código de legislación indiana, procursor de la declaración de los derechos humanos.


Recursos para trabajar en el aula:

-Video sobre el sermón de Montesinos:  

-Descargar sermón de Montesinos y comentarios: 



Educadores Curiosos

lunes, 21 de septiembre de 2015

¿‘Refugiado’ o ‘Migrante’?




GINEBRA, 27 de agosto de 2015 (ACNUR) - Con alrededor de 60 millones de personas desplazadas forzosamente a nivel mundial y las travesías en embarcaciones precarias por el Mediterráneo en los titulares de los periódicos casi a diario, se está volviendo cada vez más común ver los términos ‘refugiado’ y ‘migrante’ intercambiados en el discurso mediático y público. Pero, ¿hay una diferencia entre ellos? ¿Y esa diferencia es importante?
Sí, hay una diferencia y sí, es importante. Los dos términos tienen significados diferentes y confundirlos conlleva problemas para ambas poblaciones. A continuación se explica por qué:

Los refugiados son personas que huyen de conflictos armados o persecución. Con frecuencia, su situación es tan peligrosa e intolerable que deben cruzar fronteras internacionales para buscar seguridad en los países cercanos y, entonces, convertirse en ‘refugiados’ reconocidos internacionalmente, con acceso a la asistencia de los Estados, el ACNUR y otras organizaciones. Son reconocidos como tal, precisamente porque es muy peligroso para ellos volver su país y necesitan asilo en algún otro lugar. Para estas personas, la denegación del asilo tiene potencialmente consecuencias mortales.
El derecho internacional define y protege a los refugiados. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, así como otros instrumentos legales, tales como la Convención de la OUA por la que se regulan los aspectos específicos de problemas de los refugiados en África de 1969, o la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984, continúan siendo la piedra angular de la moderna protección de los refugiados. Los principios legales que engloban han permeado innumerables leyes y costumbres internacionales, regionales y nacionales. La Convención de 1951 define quién es un refugiado y delimita los derechos básicos que los Estados deben garantizar a los refugiados. Uno de los principios fundamentales establecidos en el derecho internacional es que los refugiados no deben ser expulsados o devueltos a situaciones en las que su vida y libertad están en peligro.
La protección de los refugiados tiene muchos ángulos, estos incluyen la protección contra la devolución a los peligros de los cuales han huido; el acceso a procedimientos de asilo justos y eficientes; y medidas que garanticen que sus derechos humanos básicos sean respetados, que les permitan vivir en condiciones dignas y seguras, y que los ayuden a encontrar una solución a más largo plazo. Los Estados tienen la responsabilidad primordial de esta protección. Por lo tanto, el ACNUR trabaja de forma cercana con los gobiernos, asesorándolos y apoyándolos en lo que necesiten para implementar sus responsabilidades.

Los migrantes eligen trasladarse no a causa de una amenaza directa de persecución o muerte, sino principalmente para mejorar sus vidas al encontrar trabajo o educación, por reunificación familiar, o por otras razones. A diferencia de los refugiados, quienes no pueden volver a su país, los migrantes continúan recibiendo la protección de su gobierno.
Para los gobiernos esta distinción es importante. Los países tratan a los migrantes de conformidad con su propia legislación y procedimientos en materia de inmigración, mientras tratan a los refugiados aplicando normas sobre el asilo y la protección de los refugiados, que están definidas tanto en su legislación nacional, como en el derecho internacional. Los países tienen responsabilidades específicas hacia cualquier persona que solicite asilo en su territorio o en sus fronteras. El ACNUR ayuda a los países a enfrentar sus responsabilidades de asilo y protección.
La política tiene forma de intervenir en estos debates. Confundir refugiados y migrantes puede tener serias consecuencias en la vida y la seguridad de los refugiados. Mezclar los dos términos desvía la atención de las salvaguardas legales específicas que los refugiados requieren. Puede perjudicar el apoyo público hacia los refugiados y la institución del asilo en un momento en que más refugiados que nunca necesitan dicha protección. Necesitamos tratar a todos los seres humanos con respeto y dignidad. Necesitamos asegurarnos de que los derechos humanos de los migrantes sean respetados. Al mismo tiempo, también necesitamos proveer una respuesta legal adecuada para los refugiados, debido a su problemática particular.
Regresando a Europa y al gran número de personas que han llegado este año y el año pasado en embarcaciones a Grecia, Italia y demás lugares. ¿Quiénes son ellos? ¿Refugiados o migrantes?
De hecho, son ambos. La mayoría de las personas que han llegado este año a Italia y Grecia, en particular, proceden de países afectados por la guerra o que son considerados como países expulsores de refugiados, y por lo tanto requieren protección internacional. Sin embargo, una parte más pequeña de ellos procede de otros lugares y para muchas de estas personas el término ‘migrante’ sería el más apropiado.

Por lo tanto, en el ACNUR decimos ‘refugiados y migrantes’ cuando nos referimos a movimientos de personas por mar o en otras circunstancias, en donde creemos que ambos grupos puedan estar presentes -las travesías marítimas en el sudeste de Asia son otro ejemplo. Decimos ‘refugiados’ cuando nos referimos a personas que huyen de la guerra o persecución y han cruzado una frontera internacional. Y decimos ‘migrantes’ cuando nos referimos a personas que se trasladan por razones no incluidas en la definición legal de refugiado. Esperamos que otros acepten hacer lo mismo. Elegir las palabras adecuadas es importante.

Por Adrian Edwards, Ginebra.
ACNUR

miércoles, 2 de septiembre de 2015

Carta de Identidad de la Economía de Comunión




 1. La Economía de Comunión (EdC) es un movimiento en el que participan empresarios, empresas, asociaciones e instituciones económicas, así como trabajadores, directivos, consumidores, ahorradores, estudiosos, operadores económicos, pobres, ciudadanos y familias.
Nació de Chiara Lubich en mayo de 1991 en Sao Paulo (Brasil). Tiene como finalidad contribuir, a la luz del Carisma de la Unidad, a dar vida a empresas que sientan como misión suya erradicar la miseria y la injusticia social, contribuyendo a edificar un sistema económico y una sociedad humana de comunión, a imitación de la primera comunidad cristiana de Jerusalén, donde “entre ellos no había ningún necesitado” (Hch 4,32-34).

2. La EdC es una realidad única y mundial, coordinada por una Comisión Central y por Comisiones Locales, vinculadas a la Comisión Central en base al principio de subsidiariedad.

3. Quienes se adhieran a la EdC, a cualquier nivel, se comprometen a vivir a la luz del carisma de la unidad los valores y la cultura de la comunión, personalmente y dentro de las organizaciones en las que operen, haciéndose sus animadores y promotores. En particular se comprometen, con las ideas y con la acción, para que la cultura de la comunión, del dar y de la reciprocidad penetre cada vez más en el mundo de la economía y lo impregne a todos los niveles.

4. La columna vertebral de la EdC está formada por empresas u organizaciones productivas con distintas formas jurídicas, incluso sin fines de lucro (non-profit, empresas sociales y civiles, cooperativas, asociaciones..), que deciden llevar a la práctica la cultura y los valores de la EdC.

5. Las empresas de la EdC se comprometen a generar riqueza y a crear puestos de trabajo con creatividad e innovación, así como a compartir sus ganancias para los fines del Proyecto EdC, incluso más allá del ámbito de sus portadores de interés normales.

6. En base a la inspiración originaria, la EdC da vida a parques empresariales (llamados Polos), primordialmente en las Ciudadelas del Movimiento de los Focolares, en las que se integran. Estos parques empresariales, signos del testimonio y concreción del proyecto, son un componente esencial de la EdC y completan el proyecto en una determinada región y/o país.

7. La solicitud de adhesión a la EdC de personas y/o instituciones hay que dirigirla a la comisión local, quien la concede siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
·                     (a) un compromiso serio por parte del empresario o empresarios de iniciar un camino de comunión con la comisión local y con todo el movimiento de la EdC a nivel local e internacional, no sólo como persona sino, en caso de ser empresario, como representante de la comunidad empresarial;
·                     (b) compartir los objetivos del proyecto y los fines del Carisma de la Unidad del que la EdC es expresión;
·                     (c) estar abierto a destinar las ganancias de la empresa, en caso de obtenerse, a los tres fines del proyecto, que son: (1) ayuda concreta a los necesitados, (2) formación de “hombres nuevos”, (3) desarrollo de la empresa y/o retribución a los socios;
·                     (d) dirigir la empresa inspirándose en la fraternidad, de acuerdo con el documento “líneas para dirigir una empresa de la EdC”;
·                     (e) entender y vivir la relación con las personas en situación de necesidad en un plano de sustancial dignidad, respeto, igualdad, reciprocidad y comunión;
·                     (f) concebir la propia empresa y/o actividad como un lugar y un instrumento para reducir la indigencia, la miseria y la injusticia, tanto en el contexto local como global. 

8. La EdC también da vida a un movimiento de pensamientos e ideas, en auténtico diálogo con la cultura contemporánea y con la economía civil, solidaria y social a nivel local e internacional.

9. La EdC coopera con las iniciativas de distintas Iglesias, religiones y de la sociedad civil y política, de las que se siente expresión vital e instrumento de unidad.

10. La EdC contribuye a que “todos sean uno” (Jn, 17,21).